Por José Ángel Hidrogo Calvo | ORCID | jhidrogo@hya-panama.com
Un cambio profundo en el derecho concursal panameño
La insolvencia empresarial constituye uno de los fenómenos más relevantes y complejos dentro del derecho comercial contemporáneo, debido a los múltiples intereses que influyen en su regulación: la protección del crédito, la estabilidad del sistema económico, la continuidad de las empresas y la preservación del empleo. En Panamá, esta transformación se consolidó con la promulgación de la Ley 12 (2016), que introdujo un régimen concursal moderno alineado con estándares internacionales, sustituyendo el enfoque tradicional del Código de Comercio (1917).
Esta nueva normativa incorporó mecanismos orientados a la negociación colectiva con acreedores, la protección financiera del deudor y la supervisión judicial de los procesos de reorganización y liquidación. A casi una década de su promulgación, analizamos su evolución, sus principales innovaciones y su aplicación práctica en casos relevantes como el de Félix B. Maduro, S.A., además de los desafíos actuales del sistema y la experiencia derivada de la Ley 212 (2021), adoptada en respuesta a la crisis del COVID-19.
Palabras clave: Insolvencia empresarial, derecho concursal, reorganización empresarial, liquidación judicial, procesos concursales.
Evolución y aplicación práctica del régimen de insolvencia en Panamá
La insolvencia empresarial constituye uno de los fenómenos más complejos del derecho comercial contemporáneo, ya que involucra la necesidad de equilibrar múltiples intereses: la continuidad de la empresa, la protección del crédito, la estabilidad del mercado y la preservación de empleos. En las economías modernas, el derecho concursal ha evolucionado desde un sistema orientado principalmente a la liquidación del deudor insolvente hacia modelos que privilegian la reorganización empresarial y la recuperación económica de empresas viables.
Panamá no fue ajena a esta evolución. Durante décadas, el régimen jurídico aplicable a la insolvencia empresarial estuvo regulado fundamentalmente por disposiciones del Código de Comercio (1917) de la República de Panamá, particularmente aquellas relativas a la quiebra y suspensión de pagos. Este sistema respondía a una concepción tradicional del derecho mercantil, donde la insolvencia se trataba más como una sanción al comerciante que como un problema económico susceptible de ser reestructurado.
Con el objetivo de modernizar el sistema, fortalecer la seguridad jurídica y alinearse con estándares internacionales, el legislador panameño promulgó la Ley 12 (2016), que establece el régimen de los procesos concursales de insolvencia y dicta otras disposiciones. Esta ley introdujo un marco normativo completamente nuevo, basado en la reorganización empresarial, la negociación colectiva con acreedores y la administración profesional de los procesos concursales.
A casi una década de su promulgación, resulta pertinente analizar el antes, el hoy y el futuro de esta legislación. También es importante examinar algunos de los casos más relevantes tramitados bajo su amparo. Entre ellos el proceso concursal de Félix B. Maduro, S.A., que se ha convertido en uno de los ejemplos más ilustrativos de la aplicación práctica del régimen.
1. El Antes: El régimen tradicional de quiebra en Panamá
Antes de la aprobación de la Ley 12 (2016), el régimen de insolvencia empresarial en Panamá se encontraba regulado principalmente por el Código de Comercio (1917) de la República de Panamá, cuyo enfoque respondía a una concepción clásica de la quiebra como un procedimiento destinado esencialmente a la liquidación del patrimonio del comerciante insolvente.
Este sistema presentaba varias características que limitaban su efectividad en el contexto económico moderno.
En primer lugar, el régimen estaba orientado casi exclusivamente a la liquidación del deudor, lo que implicaba la venta de sus bienes para satisfacer, en la medida de lo posible, las acreencias existentes. La posibilidad de reorganizar empresas en dificultades era extremadamente limitada y muy complicada, lo que provocaba generalmente la desaparición de negocios que, en muchos casos, podían haber sido viables mediante una adecuada reestructuración financiera.
En segundo lugar, los procesos de quiebra eran excesivamente largos y complejos, lo que desincentivaba tanto a los deudores como a los acreedores a utilizar este mecanismo. Como consecuencia de ello, muchas empresas en crisis optaban por soluciones informales o acuerdos privados con sus acreedores, los cuales carecían de la seguridad jurídica necesaria para garantizar la igualdad entre las partes.
Además, el sistema no contaba con herramientas modernas que permitieran suspender temporalmente las ejecuciones individuales de los acreedores para facilitar la negociación de una solución colectiva. Esto provocaba que los acreedores con mayor capacidad de ejecución obtuvieran ventajas sobre los demás, generando una distribución desigual de los activos del deudor.
Estas limitaciones evidenciaron la necesidad de adoptar un marco normativo moderno de insolvencia, inspirado en las tendencias internacionales que buscan preservar empresas viables y maximizar el valor económico de los activos en beneficio de todos los acreedores.
2. El Hoy: La transformación introducida por la Ley 12 de 2016
La promulgación de la Ley 12 (2016) representó un cambio profundo en la forma en que el ordenamiento jurídico panameño aborda las situaciones de insolvencia empresarial. A diferencia del régimen anterior, la nueva legislación introduce un enfoque orientado a la reorganización y recuperación de empresas económicamente viables, sin dejar de contemplar mecanismos eficientes para la liquidación de aquellas que no puedan continuar operando.
Uno de los aspectos más innovadores de la ley es la creación de procedimientos concursales estructurados que permiten ordenar las relaciones entre el deudor y sus acreedores bajo la supervisión de la autoridad judicial.
La Ley contempla principalmente dos tipos de procesos:
Proceso de reorganización
El proceso de reorganización tiene como finalidad permitir que una empresa que atraviesa dificultades financieras pueda renegociar sus obligaciones con los acreedores y continuar operando.
Durante este proceso, la empresa puede beneficiarse de la llamada protección financiera concursal, que suspende temporalmente las acciones de cobro y ejecuciones individuales de los acreedores. Esto crea un espacio de negociación colectiva en el cual se puede elaborar un plan de reorganización, el cual debe ser aprobado por los acreedores y posteriormente homologado por el juez.
El objetivo fundamental de este mecanismo es preservar el valor económico de la empresa, mantener los puestos de trabajo y permitir que el negocio continúe generando actividad económica.
Proceso de liquidación
Cuando la empresa no es viable económicamente, la ley en su Título II, Proceso Concursal de Liquidación, Capítulo I, Solicitud de Liquidación, establece el proceso de liquidación, mediante el cual se procede a la venta ordenada de los activos del deudor y la distribución de los fondos obtenidos entre los acreedores, respetando el orden de prelación establecido por la ley.
Este procedimiento busca evitar el caos que históricamente caracterizaba a las quiebras, garantizando un proceso transparente y equitativo.
Aplicación práctica de la ley: Caso Félix B. Maduro
Uno de los casos más emblemáticos en la aplicación de la Ley 12 (2016) ha sido el proceso concursal de Félix B. Maduro, S.A., una de las empresas comerciales más antiguas y emblemáticas de Panamá, con más de un siglo de presencia en el mercado minorista.
La empresa, reconocida por sus tiendas por departamento y su participación histórica en el comercio panameño, enfrentó importantes dificultades financieras derivadas de diversos factores económicos y estructurales.
Entre los elementos que contribuyeron a su situación de insolvencia, de acuerdo con los análisis financieros y administrativos de la empresa, se encuentran:
- La transformación del mercado minorista.
- La creciente competencia de grandes cadenas internacionales.
- El crecimiento del comercio electrónico.
- Altos niveles de endeudamiento acumulado.
Ante este escenario, la empresa decidió acogerse a un proceso de reorganización bajo la Ley 12 (2016), con el objetivo de renegociar sus obligaciones financieras y reestructurar su modelo de negocio.
El proceso permitió suspender temporalmente las acciones de cobro de los acreedores y establecer un marco institucional para la negociación colectiva de las deudas. Asimismo, se designó un administrador concursal, encargado de supervisar las operaciones de la empresa y garantizar la transparencia del proceso.
Este caso puso de manifiesto varias de las fortalezas del nuevo régimen concursal. En particular, evidenció que el sistema permite ordenar las relaciones entre el deudor y sus acreedores de manera estructurada, evitando ejecuciones desorganizadas que podrían destruir valor económico.
No obstante, también dejó en evidencia algunas dificultades prácticas, tales como la complejidad de las negociaciones con múltiples acreedores y la necesidad de desarrollar mayor experiencia judicial en la gestión de este tipo de procesos.
Evaluación del éxito del régimen concursal
La experiencia acumulada desde la promulgación de la Ley 12 (2016), considerando el resultado obtenido en los diferentes procesos concursales en los que he participado, permite realizar una evaluación preliminar de su funcionamiento.
Entre los principales avances que ha introducido la legislación se encuentran:
- La modernización del régimen de insolvencia.
- La introducción de mecanismos de reorganización empresarial.
- La protección colectiva de los acreedores.
- La profesionalización de la administración concursal.
Sin embargo, el sistema aún enfrenta varios desafíos. Uno de los principales, a nuestro criterio, es el bajo número de procesos concursales iniciados, lo cual puede atribuirse a factores como la falta de cultura concursal en el país, la preferencia por acuerdos privados de reestructuración y la limitada experiencia práctica de algunos operadores jurídicos en esta materia.
El futuro del derecho concursal en Panamá
El futuro del régimen de insolvencia panameño dependerá en gran medida de su capacidad para consolidarse como una herramienta eficaz para la resolución de crisis empresariales.
En este sentido, será necesario fortalecer la capacitación de jueces, administradores concursales y abogados especializados en esta materia. Asimismo, resulta importante promover una mayor difusión del régimen entre el sector empresarial, de manera que las empresas puedan recurrir a los mecanismos de reorganización antes de que su situación financiera se vuelva irreversible.
También considero importante introducir reformas a la ley que permitan incorporar mecanismos de alerta temprana o negociación preventiva, los cuales son utilizados en otros sistemas jurídicos para facilitar la reestructuración de empresas antes de que se produzca una insolvencia formal.
Reorganización empresarial simplificada en tiempos de COVID
La Ley 212 (2021), fue una norma especial adoptada por el Estado panameño como respuesta a la crisis económica generada por la pandemia de COVID-19. Su objetivo principal fue crear un mecanismo temporal de reorganización empresarial simplificada para permitir que empresas afectadas por la crisis sanitaria pudieran reestructurar sus deudas y continuar operando, evitando su liquidación.
Contexto de creación de la Ley 212
Durante los años 2020 y 2021, muchas empresas panameñas experimentaron una caída abrupta en sus ingresos debido a las restricciones sanitarias, cierres de actividades económicas y limitaciones de movilidad. Aunque Panamá ya contaba con un régimen concursal moderno establecido por la Ley 12 (2016), ese sistema fue diseñado para situaciones de insolvencia ordinaria y resultaba complejo, costoso y lento para la emergencia económica que generó la pandemia.
Ante esa realidad, el legislador aprobó la Ley 212 (2021), que estableció un procedimiento de reorganización abreviado y extraordinario, pensado específicamente para empresas que eran viables antes de la pandemia, pero que enfrentaban problemas temporales de liquidez.
Características principales del régimen de reorganización
La referida normativa introdujo varias medidas orientadas a facilitar la reestructuración de empresas:
- Procedimiento más rápido y flexible que el contemplado en la Ley 12 de insolvencia.
- Posibilidad de negociar acuerdos de reorganización con acreedores bajo supervisión judicial.
- Suspensión temporal de procesos de ejecución y cobros mientras se desarrollaba la reorganización.
- Designación de un conciliador o administrador para facilitar las negociaciones.
- Incentivo a lograr acuerdos que permitieran la continuidad del negocio y la preservación de empleos.
La filosofía de la Ley 212 (2021) era clara: priorizar la continuidad empresarial sobre la liquidación, considerando que muchas empresas habían caído en dificultades no por mala gestión, sino por un evento extraordinario como la pandemia.
Naturaleza temporal de la ley
A diferencia del régimen general de insolvencia, la referida normativa fue concebida como una legislación de emergencia y de vigencia limitada. Su aplicación estaba condicionada al periodo de afectación económica provocado por el COVID-19.
Por esa razón, el procedimiento solo podía solicitarse dentro de un plazo determinado, y una vez vencido ese término, la norma perdió vigencia, quedando nuevamente como marco principal el régimen concursal ordinario previsto en la referida normativa.
Sin embargo, los procesos iniciados bajo la Ley 212 continuaron su trámite hasta su conclusión, conforme al principio de seguridad jurídica y respeto a los derechos adquiridos por las partes.
Impacto práctico
Aunque no generó un número muy alto de procesos, la Ley 212 (2021) representó un instrumento importante de política económica porque permitió:
- Ofrecer una alternativa de reestructuración rápida para empresas afectadas por la pandemia.
- Evitar liquidaciones innecesarias.
- Y complementar el sistema concursal existente.
En términos jurídicos, también dejó varias lecciones para el derecho concursal panameño, especialmente sobre la necesidad de procedimientos más ágiles de reorganización empresarial, algo que sigue siendo debatido dentro de la evolución del sistema establecido por la Ley 12 (2016).
Finalmente, el caso Justo y Bueno fue uno de los casos más comentados en la región sobre procesos de reorganización empresarial vinculados a la crisis económica posterior al COVID-19, aunque su proceso principal se desarrolló en Colombia bajo el régimen concursal de ese país y no directamente bajo la legislación panameña. Sin embargo, el caso resulta relevante para analizar los desafíos de los procesos de reorganización empresarial en contexto de crisis.
Conclusiones
La evolución del régimen de insolvencia empresarial en Panamá refleja un cambio profundo en la concepción del derecho concursal, pasando de un modelo tradicional centrado en la liquidación del deudor hacia un enfoque más moderno que prioriza la reorganización y la preservación de empresas viables. Establecer la Ley 12 (2016) marcó un hito en este proceso, al agregar mecanismos orientados a la negociación colectiva, la protección del crédito y la continuidad de la actividad económica, en consonancia con las tendencias internacionales.
Después de analizar el sistema anterior, se pudo evidenciar que las limitaciones del régimen basado en el Código de Comercio (1917) dificultaban una gestión eficiente de las crisis empresariales, promoviendo en muchos casos la desaparición de muchas empresas que podían haber sido recuperadas. En cambio, el nuevo marco normativo ha permitido estructurar procedimientos más ordenados y transparentes, como la reorganización y la liquidación judicial, contribuyendo así a una mejor distribución de los activos y la protección equitativa de los acreedores.
La aplicación práctica de la Ley 12 (2016) particularmente en casos como el de Félix B. Maduro, S.A., muestra tanto el potencial del sistema como los desafíos que aún enfrenta. Es cierto que se han logrado avances importantes en la organización de los procesos concursales y en la preservación del valor económico, pero aún se mantienen dificultades con relación a la complejidad de los procedimientos, la limitada experiencia de los operadores jurídicos y la baja utilización de estos mecanismos por parte del sector empresarial.
También, la implementación de la Ley 212 (2021) mostró la capacidad del ordenamiento jurídico panameño para adaptarse a contextos de crisis extraordinaria, al introducir un procedimiento simplificado de reorganización que facilitó la continuidad de empresas afectadas por la pandemia de COVID-19. Esta experiencia resalta la importancia de contar con herramientas más ágiles y flexibles dentro del sistema concursal.
En conclusión, Panamá ha avanzado muy notoriamente hacia la consolidación de un régimen de insolvencia más moderno, eficiente y orientado a la recuperación empresarial. Ahora bien, el fortalecimiento del sistema va a necesitar seguir promoviendo una cultura concursal, mejorar la capacitación de los actores involucrados y también evaluar las posibles reformas que agreguen mecanismos preventivos y procedimientos más expeditos, con el hecho de garantizar una respuesta de manera oportuna y eficaz ante las crisis empresariales del futuro.
Referencias
- Felix B. Maduro acumula deudas por $70 millones. (11 de Febrero de 2021). Obtenido de LA PRENSA: https://www.prensa.com/impresa/economia/felix-b-maduro-acumula-deudas-por-70-millones/
- Gaceta Oficial Ley 212 de 2021. (29 de abril de 2021). Obtenido de Gaceta Oficial: https://www.gacetaoficial.gob.pa/storage/gacetas/2021/04/29274_B/84733.pdf
- Ley-12-de-2016. (19 de mayo de 2016). Obtenido de Organo Judicial – Ley 12 (2016): https://www.organojudicial.gob.pa/uploads/wp_repo/uploads/2016/11/Ley-12-de-20161.pdf